Subvenciones del Ayuntamiento de Madrid para autónomos 2025: guía práctica para taxistas y creadores de empleo
1. Panorama general
El Ayuntamiento de Madrid acaba de lanzar una convocatoria de 2 millones de euros en ayudas directas a autónomos. Incluye dos líneas:
Línea | Importe por beneficiario | A quién va dirigida |
1. Relevo generacional | 10 000 € fijos | Quien haya adquirido en 2024 la titularidad de un negocio (p. ej. una licencia de taxi) a un autónomo jubilado o con incapacidad permanente |
2. Creación de empleo neto | Hasta 5 000 € (prorrateo si el aumento de plantilla es < 1) | Quien haya incrementado su plantilla media 2024 vs 2023 con al menos un contrato indefinido vigente en enero 2025 |
2. Plazo y forma de presentación
- Del 12 de junio al 1 de julio de 2025, ambos inclusive.
- Presentación:
- 1. Telemática (Sede Electrónica del Ayuntamiento de Madrid, certificado digital o Cl@ve).
- 2. Presencial en la Cámara de Comercio (Plaza de la Independencia, 1) u oficinas de registro municipales y demás registros permitidos por la Ley 39/2015.
El procedimiento es simplificado de concurrencia competitiva: en la Línea 1 prima la fecha de registro; en la Línea 2, el mayor incremento de plantilla (a igual incremento, fecha de registro).
3. Requisitos generales
Línea | Antigüedad mínima en RETA | Otros requisitos clave |
1 | Alta 2024 o anterior y vigente hasta la aprobación del decreto | Contrato de compraventa y justificantes de pago; jubilación/incapacidad del transmitente |
2 | Alta 2023 o anterior y vigente | +0,5 empleados entre plantilla media 2024 y 2023; al menos un indefinido activo en enero 2025 |
Requisitos:
1. Podrán ser beneficiarios de las subvenciones que se regulan en esta convocatoria las personas afiliadas al
Régimen Especial de Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos que hayan realizado un relevo
generacional, como relevistas o sucesores de otro autónomo, o que hayan creado empleo, en los términos
previstos en el apartado 4º de esta convocatoria, y que, además, cumplan los siguientes requisitos:
1) Estar dado de alta en el RETA en las siguientes fechas:
- a) Para la Línea 1 de relevo generacional: el alta en el RETA deberá ser, inicialmente, desde
2024 o anterior y continuar, como mínimo, hasta la fecha del decreto de aprobación de estas bases. - b) Para la Línea 2 de creación de empleo: el alta en el RETA deberá ser, inicialmente, desde 2023 o anterior y continuar, como mínimo, hasta la fecha del decreto de aprobación de estas bases.
2) Estar dado de alta en el Impuesto de Actividades Económicas en las mismas fechas del apartado
anterior.
3) Que el domicilio fiscal de la persona solicitante o el local donde se desarrolla la actividad económica
se encuentre en el término municipal de Madrid.
4) No haber sido beneficiario de la convocatoria de ayudas a personas afiliadas al RETA del 2024
convocada por Decreto de 10 de septiembre de 2024 de la Delegada del Área de Gobierno de
Economía, Innovación y Hacienda (BOAM de 17 de septiembre). Este requisito se apreciará de oficio.
5) Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias con la Administración del Estado,
con la Seguridad Social y con el Ayuntamiento de Madrid, con carácter previo a la propuesta de
resolución.
No se considerará que el beneficiario está al corriente de sus obligaciones tributarias si aportados los
certificados correspondientes o consultados por la Dirección General de Economía o entidad
colaboradora, en virtud de autorización expresa, con carácter previo a dictarse la propuesta de
resolución de concesión, resultara que el interesado mantiene deudas con cualquiera de dichas
administraciones.
6) Hallarse al corriente de pago de obligaciones por reintegro de subvenciones.
7) No tener pendientes de justificación subvenciones otorgadas por el Ayuntamiento de Madrid o sus
organismos públicos, siempre que el plazo establecido para su presentación hubiera finalizado, con
independencia de que el requerimiento, a que se refiere el artículo 70.3 del RLGS, se hubiera realizado
o no.
8) No estar incurso en alguna de las circunstancias recogidas en el artículo 13, apartados 2 y 3 de la Ley
38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
4. Documentación imprescindible
- Formulario oficial de solicitud.
- Línea 1: contrato de compraventa, factura, justificantes de pago y acreditación de jubilación/incapacidad del cedente.
- Línea 2: contratos indefinidos formalizados en 2024 y Relación Nominal de Trabajadores (2023-2024) o vida laboral de empresa.
- Certificados de estar al corriente de obligaciones y declaración de otras ayudas de minimis.
Consejo: prepara los documentos con antelación y conserva copias durante 4 años.
5. Pasos para tramitar con éxito
- Verifica tu elegibilidad (alta en RETA, IAE, domicilio fiscal y, en su caso, incremento de plantilla).
- Calcula la plantilla media de 2023 y 2024 (informe RED o vida laboral).
- Reúne la documentación y digitalízala en PDF.
- Presenta la solicitud en Sede o registro, y descarga el justificante.
- Atiende requerimientos: el Ayuntamiento puede pedir subsanaciones; dispone de hasta 6 meses desde el cierre del plazo para resolver.
6. Motivos frecuentes de denegación
- Solicitud fuera de plazo.
- No mantener el contrato indefinido hasta enero 2025 (Línea 2).
- Deudas pendientes con las administraciones.
- Documentación incompleta o caducada.
- Figurar en el RETA como familiar colaborador.
7. Impacto para titulares de licencias de taxi
Los taxistas son uno de los colectivos que más aprovechan el relevo generacional: comprar una licencia a un conductor jubilado puede costar decenas de miles de euros. Con esta ayuda municipal, es posible recuperar 10 000 € de la inversión, siempre que la operación se haya formalizado en 2024.
Además, los titulares que hayan contratado conductores asalariados indefinidos en 2024 —por ejemplo, para ampliar turnos— pueden sumar la Línea 2 y obtener hasta 5 000 € adicionales si se cumple el incremento de plantilla exigido.
8. Compatibilidad con otras subvenciones
La ayuda es compatible con otras líneas estatales o autonómicas, incluidas las vinculadas a la digitalización o a la transición ecológica del taxi, siempre que no superes los límites de minimis. Declara todas las subvenciones solicitadas o recibidas para evitar reintegros.
9. Calendario tras la solicitud
Fase | Plazo orientativo | Resultado |
Revisión y subsanación | Jul-Ago 2025 | Requerimientos (si procede) |
Resolución provisional | ≤ 6 meses desde 01/07/2025 | Lista de admitidos/denegados |
Resolución definitiva (BOAM) | Otoño-invierno 2025 | Pago mediante transferencia bancaria |
Si el crédito se agota antes, las solicitudes posteriores quedarán denegadas por insuficiencia presupuestaria.
10. Cómo puede ayudarte Taxihouse
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- Revisamos tu caso sin coste.
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Preguntas rápidas
¿Puedo pedir las dos líneas a la vez?
¿Se puede usar la ayuda para pagar cuotas de autónomo?
¿Hay límite de edad para el beneficiario?
Las nuevas subvenciones del Ayuntamiento de Madrid son una oportunidad clara para fortalecer el autoempleo y fomentar la contratación estable. Con importes de hasta 10 000 € y un trámite 100 % municipal, vale la pena presentar la solicitud cuanto antes.